El Decreto 306/2026 introduce modificaciones en la normativa de armas en Argentina. Se autorizan nuevos usos bajo condiciones específicas y se abre la puerta a futuras reglamentaciones para usuarios registrados.

El Decreto 306/2026, firmado el 30 de abril, incorpora cambios relevantes en la regulación de armas y explosivos en Argentina, actualizando aspectos de la Ley N° 20.429 y normas complementarias. La medida introduce nuevas condiciones de uso para determinados dispositivos y tipos de munición, enfocadas exclusivamente en usuarios habilitados.
Las modificaciones apuntan principalmente a la utilización controlada en ámbitos específicos, como polígonos y campos de tiro, y dejan abierta la implementación definitiva a futuras reglamentaciones por parte de las autoridades competentes.
Qué habilita el nuevo decreto
Uno de los puntos centrales es la autorización del uso de supresores de sonido, comúnmente denominados “silenciadores”. La normativa aclara que estos dispositivos no eliminan el sonido, sino que lo reducen, y su uso queda limitado a espacios habilitados como polígonos o campos de tiro.
Además, se habilita el uso de cartuchos con punta expansiva, una modificación que también se restringe a usuarios registrados bajo la condición de legítimo usuario vigente (CLU).
Para más información sobre este tema, podés ver la sección de Sociedad.

Visores nocturnos y alcance de la regulación
El decreto también contempla el uso de visores nocturnos o dispositivos infrarrojos. Estos elementos quedan sujetos a regulación específica y su utilización se vincula a actividades determinadas, como la práctica deportiva o la caza en condiciones controladas.
En todos los casos, la implementación concreta dependerá de las reglamentaciones que establezca el organismo encargado del control, que definirá los requisitos, alcances y limitaciones.
Alcance legal y situación actual
Un punto clave es que el decreto no implica una habilitación general para el uso libre de estos elementos. Por ejemplo, en el caso de la portación para civiles, se elimina el término “restrictivo” en la normativa, pero no se autoriza automáticamente esta condición.
Las disposiciones funcionan como una base normativa que deberá ser reglamentada en el futuro. Hasta entonces, el uso de estos dispositivos sigue sujeto a controles específicos y limitaciones vigentes.
Datos clave del Decreto 306/2026:
* Supresores: uso permitido solo en polígonos habilitados
* Munición expansiva: autorizada para usuarios registrados
* Visores nocturnos: sujetos a regulación específica
* Portación civil: aún no autorizada
* Aplicación: solo para legítimos usuarios vigentes (CLU)
Lectura rápida:
* Qué pasó: actualización normativa sobre armas
* A quién alcanza: usuarios legales (CLU)
* Qué cambia: supresores, munición y dispositivos
* Dónde aplica: polígonos y ámbitos habilitados
* Estado: pendiente de reglamentación

